Al Senado participación de Chile en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea
Publicado el 18 de junio del 2015
El acuerdo, enviado al Senado a segundo trámite constitucional, permitirá fortalecer el diálogo y las relaciones de paz, no solo con la Unión Europea, sino que también con otros países.
Por 91 votos a favor y 2 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de acuerdo que contempla la participación de Chile en las operaciones de gestión de crisis con la Unión Europea (boletín 9967).
La iniciativa hace alusión a la excelente y profunda relación bilateral existente desde el año 1967, cuando se instaló en Santiago la primera Delegación de la Comisión Europea en América Latina. Asimismo, reitera la participación de nuestro país en un Contingente Nacional (Ejército) en la Fuerza Europea (EUFOR), como parte de la denominada “Operación Althea”, en Bosnia y Herzegovina.
En este mismo contexto, el proyecto describe que el personal chileno que se encuentre en servicio tanto civil como militar, estará siempre bajo la jurisdicción de Chile. Por ello, nuestro país tiene la obligación de responder a toda reclamación relacionada con la participación en la respectiva operación, que afecte a un miembro de su personal civil o militar.
Una vez que la Unión Europea haya adoptado la decisión de invitar a Chile a participar en una operación de gestión de crisis, junto con la invitación, enviará la información pertinente sobre los costos comunes de la operación y el estatuto de la misión o de las fuerzas, si correspondiere, con el objeto de ayudar a nuestro país a formular la oferta.
Luego, si Chile decide participar, deberá informar a la Unión Europea sobre la contribución que propone aportar, la cual será evaluada por la misma en consulta con nuestro país.
La decisión final de la Unión Europea será comunicada a Chile por escrito, por la vía diplomática.
Nuestro país se asociará a la decisión por la que el Consejo de la Unión Europea acuerde realizar una operación de gestión de crisis, y a cualquier otra que prorrogue una operación en la que nuestro país participe. Sin embargo, lo anterior no obsta que Chile retire su participación en conformidad con los objetivos de su política exterior y de defensa, así como de sus intereses, entre los que se cuenta su visión respecto de las necesidades de una determinada operación
El personal chileno, tanto civil como militar, estará siempre bajo la jurisdicción de Chile. Por ello, nuestro país tiene la obligación de responder a toda reclamación relacionada con la participación en la respectiva operación, que afecte a un miembro de su personal civil o militar.
Sin perjuicio de ello, este personal se regirá por los acuerdos que sobre el particular se hayan celebrado entre la Unión Europea y él o los Estados en que se realice la operación; o por los acuerdos suscritos por la misión de la cual formará parte. Igualmente, en el caso del personal adscrito a los cuarteles generales o que se desempeñen fuera de los Estados en que se efectúa la misión, este se regirá por arreglos suscritos entre los respectivos elementos de mando y nuestro país.
En el caso de fuerzas nacionales que operen a bordo de una nave o aeronave de un Estado Miembro de la Unión Europea, el Estado propietario ejercerá su jurisdicción, acorde con cualquier acuerdo sobre la materia que existiere a la fecha de la operación.
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