Plantean que casas de larga estadía se hagan cargo de adultos mayores cuando sus familiares los abandonen
Publicado el 26 de junio del 2015
La moción otorga a los Centros de Larga Estadía, facultades de asistencia social y en casos calificados de representación de sus derechos ante las instancias administrativas y judiciales cuando el adulto mayor que esté en sus dependencias se encuentre en situación de abandono por parte de sus familiares.
Con el fin de proponer una vejez digna para los adultos mayores del país, un grupo de diputados de la UDI, encabezado por el legislador David Sandoval, presentó una moción (boletín 10136), que busca imponer el deber de los establecimientos de Larga Estadía (ELEAM) de asistir socialmente y en casos calificados representar ante las instancias administrativas y judiciales los derechos de aquellos adultos mayores víctimas de abandono y que se encuentren actualmente en tales establecimientos.
La propuesta, enviada a la Comisión de la Familia para su estudio, fue ingresada el 15 de junio por el diputado Sandoval junto a sus compañeros de partido Juan Antonio Coloma, Gustavo Hasbún, Issa Kort, Joaquín Lavín, Javier Macaya, Andrea Molina, Claudia Nogueira, Iván Norambuena e Ignacio Urrutia.
Los autores de la moción, clarificaron que los establecimientos de Larga Estadía se encuentran definidos en el Reglamento que establece su funcionamiento como aquel en que residen personas de 60 años o más que, por motivos biológicos, psicológicos o sociales, requieren de un medio ambiente protegido y cuidados diferenciados que allí reciben. Dichos cuidados tienen por objeto la prevención y mantención de su salud, la mantención y estimulación de su funcionalidad y el reforzamiento de sus capacidades remanentes.
En este sentido, opinaron que la definición regula aspectos clínicos de los adultos mayores, pero deja fuera otros ámbitos igualmente relevantes como es el caso de la afectividad u otros componentes espirituales.
Dicho esto, sostienen que más allá de establecer espacios físicos para la recepción de familiares o estadía en el lugar confortable, estos centros de larga estadía deben hacerse cargo, en la medida de sus posibilidades, de la situación de abandono e indefensión de los adultos mayores, como un elemento que asista no sólo en sus aspectos legales, sino que también le otorgue dignidad como persona y sujeto que posee derechos que deben ser cautelados por las instancias institucionales.
En este aspecto, postulan que las situaciones como el abandono, la violencia intrafamiliar, o la pobreza vinculada a los adultos mayores es un asunto que requiere de la máxima preocupación de las autoridades, flagelos que sin una asistencia adecuada por parte de entidades técnicas certificadas por el Estado como son los Centros de Larga Estadía, generaría una situación inadmisible para la dignidad de estas personas y por tanto inconsistente con los compromisos asumidos por nuestro país tanto a nivel nacional como internacional.
Expresan además, que nuestra legislación en diversas disposiciones establece sanciones ante un maltrato de esa categoría, normativas que trascienden a los ámbitos civiles, penales, de familia e incluso laborales, de tal manera que existe en el espíritu de nuestra legislación una idea o concepto protector de los adultos mayores en este ámbito y que forma parte integrante de sus derechos.
Finalmente, indicaron que el abandono o violencia intrafamiliar, constituye un flagelo creciente en la sociedad chilena cuyas víctimas son precisamente los adultos mayores. “Si bien es cierto ellos tienen derecho a pedir al tribunal de familia una medida de protección, especialmente si es expulsado de la casa en que vive o le restringen su libertad para desplazarse al interior de ella, los actos de abandono o violencia pueden perfectamente ocurrir en el contexto de una visita a algún centro de larga estadía o vivir una situación de abandono en dichos centros”.
Admiten que en tales casos “nos parece justo que dichos centros cuenten con unidades de asesoramiento o defensa y que en casos calificados asuman la representación de los derechos de los adultos mayores cuando estos se encuentren solos en estos lugares sin ninguna visita de algún familiar”.
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