miércoles, 12 de agosto de 2015

Diputados: Rechazan en Comisión normas que posibilitan la regularización de palafitos en la provincia de Chiloé

 Rechazan en Comisión normas que posibilitan la regularización de palafitos en la provincia de Chiloé

Publicado el 12 de agosto del 2015

La iniciativa quedó en disposición de ser vista por la Sala, instancia que deberá resolver si acoge la postura de la Comisión de Vivienda, que aprobó el grueso del texto legal por unanimidad, o acepta el planteamiento de la Comisión de Hacienda, en orden a refutar el sistema concesional especial que se propone para regularizar las edificaciones instaladas en bienes nacionales de uso público.

    En votación dividida de tres votos a favor, uno en contra y cuatro abstenciones, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados rechazó ayer en la tarde los dos artículos que permiten definir un sistema de concesión especial exento de tarifas y rentas para concretar la regularización de los palafitos de la provincia de Chiloé.

    El proyecto de ley (boletín 9124), que cuenta con la aprobación unánime de la Comisión de Vivienda y que quedó en condiciones de ser visto por la Sala de la Cámara, fue presentado por la Ministra de Vivienda, Paulina Saball, quien lamentó al término de la sesión el resultado de la votación.

    "A la Comisión de Hacienda llegó para abordar un punto importante que dice relación con la exención del pago de los derechos de las concesiones marítimas a estas familias y la Comisión tuvo una discusión sobre el tema y de la pertinencia de lo que se estaba haciendo y si para las familias de Chiloé era lo que querían o no. Finalmente la Comisión terminó rechazando la idea de esta exención así que se irá a la Sala con la aprobación unánime de la Comisión de Vivienda y con la opinión desfavorable en estos dos puntos que hoy fueron abordados en la Comisión de Hacienda", especificó la Secretaria de Estado.

    La Ministra sostuvo que, como Ejecutivo, estiman que este proyecto busca conciliar tres propósitos: generar mejores condiciones de habitabilidad; preservar el patrimonio; y ser coherente con la política de país en materia del uso del borde costero.

    El diputado Alejandro Santana (RN), representante de la zona de Chiloé y único voto en contra (el proyecto se rechazó porque los votos favorables no lograron la mayoría), recordó que durante el Gobierno de Sebastián Piñera se entregó un beneficio de excepción para mejorar los palafitos y se fijó un compromiso de avanzar en la entrega de derechos para sus habitantes que, de alguna manera, recogió la actual administración, aunque, a su juicio, de manera equivocada. "No niego que la intención puede ser positiva, pero también es importante reconocer que se tiene que legislar en beneficio de la gente y donde tenga seguridades y con este proyecto sienten que va a aumentar su inseguridad", planteó.

    El legislador dijo que se está hablando de un proyecto que está profundamente focalizado a 180 vivienda, de cinco de sectores de Castro y de un sector en Quenche, donde deben primar 200 años de historia y donde la gente espera obtener un reconocimiento de propiedad formal es a través de una escritura pública. "Por eso he pedido a este Gobierno que se haga un proyecto de excepción, como se hizo en el pasado con algunas caletas de distintas regiones del país y el Gobierno ha dicho que no es posible", recalcó.

    En términos concretos, los artículos que fueron rechazados en la Comisión permiten que el tipo de concesión marítima especial que se crea no pague las rentas y/o tarifas correspondientes al periodo de ocupación irregular y especifica que quedarán exentas del pago de las rentas y tarifas establecidas en la Ley de Concesiones Marítimas y su Reglamento.

    Datos del proyecto

    El objetivo de la propuesta legal es incentivar la formalización de las ocupaciones irregulares del borde costero constituidas por los palafitos de la provincia de Chiloé, región de Los Lagos, los que se encuentran emplazados sobre bienes nacionales de uso público.

    Conforme al texto despachado por la Comisión de Vivienda, el proyecto establece que las ocupaciones irregulares del borde costero de la Provincia de Chiloé, consistentes en construcciones denominadas palafitos, podrán ser regularizadas mediante el otorgamiento de concesiones marítimas, las que pasarán a ser identificadas como "concesiones marítimas menores".

    Para acogerse a los beneficios establecidos en esta ley, el solicitante deberá acreditar, por cualquier medio legal, excluyendo la prueba testimonial, que ocupa el sector, por sí o por otra persona en su nombre, en la actualidad y desde antes del 31 de marzo de 2014. No será útil para tal efecto la ocupación amparada en cualquier contrato celebrado con un tercero que no importe el ánimo de enajenar o en el que se ha acordado conceder el uso y goce del inmueble o permitir dicha ocupación a título de mera tenencia, como sucede en el arrendamiento o comodato de la edificación.

    Se determina que las solicitudes de concesiones que tengan por objeto regularizar la ocupación irregular de palafitos se sujetarán a las siguientes reglas:

    a. Las solicitudes presentadas por personas naturales cuyo objeto sea vivienda y usos compatibles con ella, tendrán una duración de 30 años y se regirán por lo dispuesto en la presente ley y, en subsidio, por lo establecido en la Ley de Concesiones Marítimas y su Reglamento.

    b. Toda otra solicitud se regirá por lo dispuesto en la Ley de Concesiones Marítimas y su Reglamento (con excepción de la rentas y tarifas exigidas en dicho cuadro legal, uso distinto de la concesión al manifestado, identificación como propietarios de los titulares y regularización de edificaciones).

    También se señala que el uso del sector concesionado para un objeto distinto del otorgado, será causal de caducidad, sin perjuicio de las demás causales establecidas en la Ley de Concesiones Marítimas y su Reglamento; y recalca que, en el caso de término de la concesión por muerte del concesionario, existirá un derecho preferente respecto del sector concesionado para el legitimario que designe de consuno la comunidad hereditaria acreditada mediante resolución administrativa o sentencia judicial de posesión efectiva, según corresponda (la norma regula, asimismo, el procedimiento a seguir en este último caso).

    Se determina, además, que los titulares de las concesiones marítimas otorgadas en virtud de esta ley "serán considerados propietarios para efectos de autorizaciones y permisos que establezcan las leyes, así como para acceder a todos los beneficios habitacionales, saneamiento sanitario, subsidios de agua potable, electricidad y otros, cumpliendo los requisitos correspondientes". Con todo, tendrán la obligación de permitir el acceso a otros palafitos o hacia el borde costero a través de la concesión.

    Los titulares de concesiones otorgadas en virtud de la presente ley no serán considerados propietarios para efectos de postular al subsidio habitacional para la compra de una vivienda. Sin embargo, el titular de una concesión, una vez nominado como beneficiario de un subsidio habitacional para la compra de una vivienda, deberá optar entre mantener su derecho de concesión o aceptar dicho subsidio. En este último caso, al momento de la entrega de dicha vivienda se extinguirá su concesión de pleno derecho, sin perjuicio de poder solicitar una nueva concesión bajo las reglas generales contenidas en la Ley de Concesiones Marítimas y su Reglamento.

    La iniciativa también establece que los titulares de las concesiones podrán, en el plazo de un año contado desde la notificación del decreto supremo de concesión marítima, regularizar las edificaciones construidas antes del 31 de marzo de 2014, en conformidad a un procedimiento especial y requisitos definidos para dicho efecto (para estos efectos se entiende por regularización el acto administrativo del Director de Obras Municipales por el cual se otorga simultáneamente el permiso de edificación y la recepción final de obra).

    Finalmente, entre otros aspectos, se indica que la ejecución de cualquier obra de edificación en la construcción regularizada, requerirá el correspondiente permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del concesionario.

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