SAG incautó más de media tonelada de guano blanco
Región
de Arica y Parinacota.- El operativo se efectuó en las cercanías del
Terminal ASOAGRO, por inspectores de la Oficina Arica, del Servicio
Agrícola y Ganadero, quienes en una fiscalización de rutina, detectaron
en una camioneta comercializando 32 sacos de guano blanco, equivalentes a
640 Kilos, los que permanecían ocultos en dicho vehículo.
Se presume que el origen de este guano es de una covadera que no cuenta con las autorizaciones estipuladas por la Ley, debido a que su propietario no contaba con ningún documento que acreditara dicha autorización.
El Director Regional del SAG, Ricardo Porcel Rivera, manifestó su satisfacción por el operativo realizado, debido a que “personal especializado de la oficina del SAG Arica se encuentra siempre atento a fiscalizar la comercialización de productos que pudieran constituir una infracción a la normativa propia de nuestras competencias”.
Para la extracción de guano blanco, se debe contar con la autorización del Ministerio de Minería, para lo cual el Ministerio de Agricultura deberá informar a dicho ministerio las exigencias que deben contemplarse en los decretos de concesiones de covaderas, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 3° del Decreto de Ley RRA N° 25, de 1963.
Por tratarse de un producto que se encontraba a la venta, para ser utilizado como fertilizante, el SAG procedió a la retención, debido a lo indicado por el Decreto de Ley N° 3557 y sus modificaciones, que regula esta venta en términos que estos productos deben poseer un informe de su composición centesimal de los nutrientes que lo componen, y cuyos envases deben estar rotulados con su identificación correspondiente, mediante una etiqueta que indique lo mencionado anteriormente.
Por otra parte, en cumplimiento al Artículo 11 del Decreto con Fuerza de Ley RRA N° 25 de 1963 que indica que “para mantener un control sobre los concesionarios de covaderas de guano blanco. Los fabricantes, importadores y distribuidores de fertilizantes estarán obligados a comunicar al Servicio la iniciación de sus actividades con indicación del lugar de ubicación de los establecimientos que operen”, documentación que el infractor tampoco pudo exhibir.
Una vez realizada las diligencias correspondientes al Servicio Agrícola y Ganadero, y ante la posibilidad de la configuración de algún ilícito, el infractor junto a su medio de transporte y su cargamento, fueron puestos a disposición de la Policía de Investigaciones de Chile.
Se presume que el origen de este guano es de una covadera que no cuenta con las autorizaciones estipuladas por la Ley, debido a que su propietario no contaba con ningún documento que acreditara dicha autorización.
El Director Regional del SAG, Ricardo Porcel Rivera, manifestó su satisfacción por el operativo realizado, debido a que “personal especializado de la oficina del SAG Arica se encuentra siempre atento a fiscalizar la comercialización de productos que pudieran constituir una infracción a la normativa propia de nuestras competencias”.
Para la extracción de guano blanco, se debe contar con la autorización del Ministerio de Minería, para lo cual el Ministerio de Agricultura deberá informar a dicho ministerio las exigencias que deben contemplarse en los decretos de concesiones de covaderas, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 3° del Decreto de Ley RRA N° 25, de 1963.
Por tratarse de un producto que se encontraba a la venta, para ser utilizado como fertilizante, el SAG procedió a la retención, debido a lo indicado por el Decreto de Ley N° 3557 y sus modificaciones, que regula esta venta en términos que estos productos deben poseer un informe de su composición centesimal de los nutrientes que lo componen, y cuyos envases deben estar rotulados con su identificación correspondiente, mediante una etiqueta que indique lo mencionado anteriormente.
Por otra parte, en cumplimiento al Artículo 11 del Decreto con Fuerza de Ley RRA N° 25 de 1963 que indica que “para mantener un control sobre los concesionarios de covaderas de guano blanco. Los fabricantes, importadores y distribuidores de fertilizantes estarán obligados a comunicar al Servicio la iniciación de sus actividades con indicación del lugar de ubicación de los establecimientos que operen”, documentación que el infractor tampoco pudo exhibir.
Una vez realizada las diligencias correspondientes al Servicio Agrícola y Ganadero, y ante la posibilidad de la configuración de algún ilícito, el infractor junto a su medio de transporte y su cargamento, fueron puestos a disposición de la Policía de Investigaciones de Chile.
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